Hoy acaba de ser publicada la convocatoria de ayudas para financiar la matrícula en un máster oficial cursado en una universidad pública. Como siempre, hay truco y no te van a regalar la matricula por la cara nada mas llegar a la oficina de empleo. Has de cumplir una serie de requisitos que son:
- Tener nacionalidad española.
- Haber nacido entre el 1 de enero de 1969 y el 31 de diciembre de 1983.
- Estar en posesión de un titulo oficial universitario.
- Encontrarse en situación legal de desempleo.
- Tener reconocido el derecho a percibir prestación o subsidio de desempleo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y no haber expirado en esa fecha el período durante el cuál tiene derecho a su percepción.
- Estar matriculado en el curso 2009-2010 en un curso completo de Máster oficial, de acuerdo con el correspondiente plan de estudios, impartido por una universidad pública.
- La solicitud de ayuda obtenida en Educacion
- La documentacion que acredite que se encuentran en situacion legal de desempleo y
- Tener reconocido el derecho a percibir prestación o subsidio de desempleo en el momento de formalizar la matrícula
Ojo, que si se abandonan los estudios sin causa justificada, el desempleado debera reintegrar el importe de la matrícula.
Siempre he sido de la opinión, que para mejorar la empleabilidad venía muy bien aumentar la formacion. De sobras es conocido que los famosos cursillitos del INEM no valen más que para maquillar las cifras de paro, porque para otra cosa nada. Bueno, si para perder el tiempo. Pero ahora estamos hablando de Master OFICIALES de las Universidades Publicas españólas. Eso ya es otra cosa. Ahi podemos encontrar cursos muy variados, contrastados y de reconocida solvencia.
Pero como siempre, hay un pequeño problema, que la matrícula será gratuita SOLO para aquellos parados que tengan derecho a recibir prestación, por lo que un numero ingente de desempleados que ya no cuentan con ninguna ayuda, se van a quedar tambien sin esta. Pero bueno, menos da una piedra, ¿no?.
Vía: Ministerio de educacion | Requisitos Generales | Requisitos Economicos | Aplicacion On-Line )
Bueno y los que hemos estudiado Ciclo Superior, es decir los técnicos superiores no tenemos derecho a realizar un master si estamos en situación de desempleo??? Ésto en mi tierra se le llama D-I-S-C-R-I-M-I-N-A-C-I-Ó-N.
ResponderEliminarAsí no puede cambiar la mentalidad y situación de un país si todavía se sigue discriminando si tienes estudios universitarios o ciclo superior.... en fin.
Tienes T-O-D-A la razon.....
ResponderEliminarhola anónimo. ¿Puede que sea porque el requisito para cursar un master oficial es tener una titulación universitaria?
ResponderEliminary los inmigrantes que llevamos mas de 10 años en españa tampoco tenemos derecho a hacer un máster, despues que nos ha costado tanto homologar nuestras licenciaturas?, o es que solo servimos para limpiar?
ResponderEliminary si ya tenemos un master y queremos hacer otro o un doctorado?? Tambien se podria??
ResponderEliminarCon todos mis respetos a los NO TITULADOS. soy titulada universitaria, con dos carreras y no tengo trabajo, ademas de no tener paro claro esta y tampoco tengo derecho ha hacer este master gratuitamente por no tener paro, por lo cual me parece muy bien que sea para TITULADOS
ResponderEliminarPues a no ser que me equivoque, NO son GRATIS. Dan 30€ por crédito, y no los conceden a no ser que tenga un mínimo de 60 créditos. En ese caso, son 1800 € de ayuda, que no es poco dinero, pero claro, si estás parado, y teniendo en cuenta que como mínimo, el precio de los master duplican esta cantidad... no, no son gratis
ResponderEliminarCopio y pego el Artículo 3 de la convocatoria oficial:
ResponderEliminarArtículo 3. Cuantía individual de la ayuda.
1. La cuantía de la ayuda para cursar un master oficial será, en todo caso, el precio público oficial que se fije para los servicios académicos que conduzcan a la obtención del título en el curso 2010-2011, sin que en ningún caso se pueda superar el importe establecido por crédito para cursar un master oficial de la misma área de conocimiento en la universidad pública de la correspondiente Comunidad Autónoma.
2. La cuantía de la ayuda para cursar un título propio de la universidad será el importe del precio que se fije por servicios académicos para realizar éste, sin que en ningún caso se pueda superar el importe establecido por crédito para cursar un master oficial de la misma área de conocimiento en la correspondiente Comunidad Autónoma.
Que se complementa con el Artículo 14:
ResponderEliminarArtículo 14. Forma de hacer efectiva la exención de precios públicos por servicios académicos y abono a las universidades.
1. Quienes soliciten la ayuda podrán formalizar su matrícula sin el previo pago de los precios públicos por servicios académicos.
2. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, las secretarías de los centros universitarios podrán requerir cautelarmente el abono de dichos precios públicos a quienes no cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.
3. El importe de los precios públicos por servicios académicos no satisfechos por los beneficiarios del componente de matrícula convocado por esta Orden será compensado a las universidades por el procedimiento que se describe a continuación:
a) El Ministerio de Educación, a la vista de los datos a que hace referencia el artículo 12.3 efectuará a cada una de las universidades un libramiento «a cuenta» de las cantidades correspondientes al importe de los precios públicos de los masteres en los que se hubieran matriculado los estudiantes solicitantes de la ayuda.
b) Antes del 30 de marzo de 2011 las universidades podrán solicitar a la Dirección General de Formación y Orientación Universitaria, la compensación del resto de los ingresos dejados de percibir en concepto de precios públicos por servicios académicos de sus estudiantes beneficiarios de la ayuda de matricula a que se refiere la presente convocatoria.
c) Las solicitudes irán acompañadas de una certificación de la universidad, acreditativa del número de estudiantes beneficiarios de la ayuda, con relación nominativa de éstos y especificación del importe individual y total dejado de percibir por la universidad por este concepto.
d) La Dirección General de Formación y Orientación Universitaria requerirá a las universidades el envío de algunos expedientes de matricula seleccionados por muestreo al objeto de comprobar los datos relativos a la matrícula de los alumnos beneficiarios de la ayuda.
4. A la vista de la documentación aportada, el Secretario General de Universidades, por delegación del Ministro, dictará la Orden
La ampliación de conocimientos es fundamental a la hora de adquirir un trabajo digno en la actualidad. Estudiar siempre es conveniente en pos de mejorar el perfil profesional, por este motivo considero oportuna esta clase de alternativas totalmente prácticas y accesibles para capacitar a desempleados.
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