Todo surgió cuando el despedido acudio al gerente de la empresa para cobrar una dietas. Resulto que la empresa no se las pretendia pagar y acabaron en una acalorada discusion. Las cosas llegaron a tal punto que el empleado se largo con un eres un hijo de puta y se quedó de un tranquilo subido.
Ahora Los jueces del TSJC, indican que la "degradación social del lenguaje ha provocado que las expresiones utilizadas por el ahora recurrente sean de uso corriente en determinados ambientes, especialmente en el marco de discusiones", por lo que consideran una sancion directa de despido como realmente desproporcionada.
Así que ya sabeis, a insultar con ganas... que seguro que razones no os falten ;-) pero ojo, porque como indican en el blog de referencia:
ATENCIÓN!: En ocasiones, una ofensa verbal basta para efectuar un despido, mientras que en otras -como en la de la sentencia- no es suficiente. Por ello, antes de despedir alegando esta causa es imprescindible valorar cuidadosamente las circunstancias en las que se produjo el incidente y apreciar si en el insulto proferido por un empleado existía o no ánimo de injuriar, pues en este punto es donde está la clave. Insultos gramaticalmente menos graves (como llamar “chorizo” al director de una empresa, “cobarde” al jefe de seguridad de otra o “idiota” a un representante de los trabajadores) han sido considerados causa de despido por el Tribunal Supremo en distintas ocasiones atendiendo al contexto y al ánimo de injuriar.Vía: Carta de Personal
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